LINEAMIENTOS PARA LA CONSTITUCIÓN, MODIFICACIÓN Y ADICIÓN, RATIFICACIÓN,
REGISTRO Y AVISO DE TERMINACIÓN DE LAS SOCIEDADES DE CONVIVENCIA EN EL
DISTRITO FEDERAL
Artículo 2º El Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político Administrativos pondrán a disposición del público en
general y sin costo alguno, en sus páginas de internet y de forma impresa, los siguientes formatos:
Constitución de Sociedad de Convivencia (Anexo 1)
Modificación y Adición de Sociedad de Convivencia (Anexo 2)
Aviso por el que se termina la Sociedad de Convivencia (Anexo 3)
Tipos de Usuarios: Público en General.
Descripción del producto que deberán obtener los usuarios una vez concluido el procedimiento: Obtendrá la autorización de la convivencia en sociedad.